jueves, 4 de junio de 2009

Etiquetado en origen

Bruselas plantea extender a todos los alimentos la etiqueta obligatoria sobre el lugar de origen.

El objetivo de la medida comunitaria sería identificar el lugar en el que se ha cultivado un alimento o en el que se ha criado el ganado del que procede un producto cárnico o la leche. Fischer Boel apunta que una posibilidad es que en la etiqueta de los alimentos aparezca la mención "UE-España" o "UE-Italia", según el país de cultivo o de cría. La Comisión Europea ha incluido esta propuesta en su documento para revisar las normas sobre las denominaciones de origen y de los alimentos que cuentan con algún distintivo que acredita su calidad.

La Unión Europea (UE) ya obliga actualmente a etiquetar el origen en el caso del vacuno, frutas, verduras, aceite de oliva, vino, carne de pollo, miel y acuicultura. Además, a partir de 2010 esta condición se impondrá para los productos de la agricultura ecológica. No obstante, para su extensión a todos los alimentos habría que estudiar ciertos problemas a la hora de imponer esa identificación en productos transformados con muchos ingredientes.

Por otra parte, Fischer Boel se ha referido a la posibilidad de crear etiquetas opcionales para los "productos de montaña" o "tradicionales", etiqueta ésta última que podría sustituir el término de especialidad tradicional garantizada (ETG), creado, junto con el de Denominación de Origen Protegida (DOP) y el de Indicación Geográfica Protegida (IGP) por la UE en la década de los 90 dentro de su política de calidad de productos agroalimentarios.

La propuesta presentada el pasado 28 de mayo trata de simplificar las reglas para la clasificación de alimentos con enseñas de calidad para que el consumidor pueda distinguirlos de una manera más fácil. Bruselas sugiere unificar las reglas sobre denominaciones de origen de alimentos y de vino, que en la actualidad tienen normas diferentes.

Distintivo de calidad

Las denominaciones de origen (DOP) nacen en la UE con el fin de dotar de una distinción específica los alimentos que han sido elaborados bajo condiciones de producción muy particulares. Cuentan con el visto bueno de los Consejos Reguladores, que son los que se encargan de supervisar que el producto sigue con los parámetros de producción y de calidad que establece la normativa para que así sea denominado. En particular, este tipo de mención se asocia sobre todo a un producto que se identifica con un medio geográfico determinado.

El número de alimentos "con etiqueta", entre los que se incluyen, además de las DOP, la Indicación Geográfica Protegida (IGP), superaba, a finales de 2008, los 140. Según datos de la Dirección General de Industrias y Mercados Alimentarios del MARM sobre DOP e IGP en España, los alimentos que cuentan con más denominaciones de este tipo son el aceite de oliva virgen, los quesos, las hortalizas, las carnes frescas y productos de panadería, repostería y pastelería, entre otros.

Fuente: http://www.consumer.es/
Aporte: Gabriel I. Zeballos R.

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