miércoles, 5 de septiembre de 2007

CHILE APRUEBA LEY SOBRE PRODUCCIÓN ORGANICA

Dan a conocer marco legal y técnico de la agricultura orgánica en Chile

El Sistema Nacional de Certificación de los Productos Orgánicos Agrícolas establece los requisitos para la producción, elaboración, etiquetado y comercialización de los productos orgánicos, ecológicos o biológicos”, explicó Jaime Peña Cabezón, Director Regional del SAG.

Por agricultura orgánica se entiende a aquel sistema integral de producción silvoagropecuaria basado en prácticas de manejo ecológico que tiene como finalidad alcanzar la productividad sostenida en base a la conservación o recuperación de los recursos naturales renovables.

Normativa de la Ley 20.089

La norma de la Ley 20.089 regula la certificación de productos orgánicos y uniforma criterios de producción dentro del país. “Con esta legislación hoy contamos con reglas para la certificación de productos orgánicos para el comercio nacional e internacional”, explicó Roberto Rojas, abogado de la División Jurídica del SAG.

Además, señaló que hasta el 31 de diciembre de 2007 se realizarán fiscalizaciones y que se cursarán partes de cortesía a aquellas empresas o productores que no cumplan la legislación, y que desde el 1° de enero de 2008 se cursarán infracciones cuyas multas van desde 5 a 500 Unidades Tributarias Mensuales.

Dentro de las novedades de esta legislación se encuentra el uso de un sello oficial y se incorporan normas especiales para los llamados agricultores ecológicos, que son, de acuerdo a la norma técnica, aquellos productores que acreditan ventas anuales no superiores a las 25 mil UTM.

Para obtener la calidad de productor orgánico se debe solicitar la auditoria de una empresa certificadora registrada en el SAG. Estas empresas deben velar por el cumplimiento de los requisitos de la norma técnica y en el caso de los productores ecológicos, indicó que deben registrarse en el SAG, para lo cual deben constituirse en organizaciones con personalidad jurídica, contar con un sistema interno de control aprobado por el SAG y realizar venta directa al consumidor. Además, anualmente deberán entregar un informe de actividades.

http://www.sag.gob.cl/portal/page?_pageid=95,47373&_dad=portal&_schema=PORTAL&sitio=97&elemento=3614063

Aporte: Angelina Medinelli

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