Modificación del reglamento (CE) nº 853/2004 para garantizar
la inocuidad

Para ello también se ha contado con el apoyo de la
Representación Permanente de España ante la UE, miembros del Parlamento
Europeo, así como de otras organizaciones del sector de la madera: Confemadera
en el ámbito nacional y GROW, Feppeb y CEI-Bois en el internacional.
Según interpretación de la AESAN el Reglamento (CE) nº
853/2004 no establece específicamente materiales permitidos o prohibidos para
el envasado de productos, sino las condiciones generales de los envases de modo
que se cumplan con los objetivos del mismo: “garantizar que no sean fuente de
contaminación” y si son reutilizables -no es el caso de la madera (R.D.
888/1988), que sean “fácil de limpiar y, en caso necesario, de desinfectar.
Aporte: Felipe Pérez
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